Respecto a las tareas que he realizado tengo que decir que, en mi caso, se trata más de reflexiones que de cambios grandes o
pequeños.
1.
Función directiva pública. Respecto al interesante concepto que se ha
desarrollado en este módulo de confianza versus solvencia técnica,
mi apreciación particular es que mientras
que la confianza va y viene, la solvencia técnica se mantiene. Según mi
apreciación, en las relaciones profesionales hay que primar la seriedad y la rigurosidad
en el trabajo como criterios objetivables por encima de otras cuestiones más
personales y subjetivas como pueden ser “cómo te llevas con una determinada
persona” o qué feeling tienes con ella, ya que además ésta es una cuestión que
puede variar con el tiempo, es por lo que, desde mi punto de vista, se pueden
valorar más objetivamente las cualidades técnicas y profesionales (véase experiencia
profesional o formación de una persona) que las cualidades denominadas “de confianza”;
de hecho, no olvidemos que sinónimos de confianza son, aparte de algunos con un
cariz más positivo como certidumbre, seguridad, convicción, convencimiento,
otros que en un estado de derecho y dentro de la función pública no pueden
tener cabida como compañerismo, amistad, aprecio.
Igualmente,
en el caso que nos ocupa, al recibir al personal que forma parte de las
diferentes unidades o servicios en los que trabajamos, nos resulta imposible aplicar
el concepto de confianza a la hora de valorar a los funcionarios con los que
vamos a tener que trabajar en nuestros puestos de trabajo, ya que dentro de la
función pública la adjudicación de puestos se realiza por concurso de méritos, por
lo que no eres tú quien elige al
funcionario, sino el funcionario quien te elige a ti. Por supuesto que, además,
dentro del concurso de méritos no estamos hablando sólo de puestos base o
asesoría técnicas sino también de cargos intermedios de jefatura de sección,
departamentos y negociados que tienen una responsabilidad en materia de
personal bastante relevante. Esta explicación, además, se tiene que completar con el caso de la selección
de los futuros funcionarios donde es completamente impensable e imponsible
aplicar el criterio de confianza habiendo que limitarse exclusivamente al de
solvencia técnica, es por ello que, según mi parecer se refuerza la demostración
de la idea de que el concepto de solvencia técnica tiene que estar por encima
del de confianza, y además, por otra parte, de alguna forma en la actual
legislatura, así se ha llegado a un acuerdo político por parte los representantes
de la Junta de Andalucía. En mi caso particular llego a esta conclusión que
hago extensiva en la aplicación de mi trabajo.
2.
Gobernanza y gestión pública. En este apartado quiero poner un ejemplo particular
y que en estos momentos está de completa actualidad: se trata de las noticias
que aparecen en estos días en la prensa sobre la decisión de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de no
renovar determinados conciertos educativos de determinadas unidades escolares
(que no líneas completas) de centros privados concertados debido al descenso acusado
que se viene apreciando de la natalidad en Andalucía. Todo esto viene
determinado por la decisión política de primar a la enseñanza pública por
encima de la concertada, y así evitar el cierre de unidades de centros
públicos. En primer lugar, es lógico que en un gobierno como el que tenemos en
estos momentos en Andalucía de tendencia liberal se prime a lo público sobre lo
privado en todos los ámbitos, y más si cabe en el caso de la educación, pero, además,
para entender esta cuestión hay que remontarse un poco a antecedentes
temporales: la enseñanza privada se concertó en su día (años 80 y 90
principalmente) en aquellos lugares donde no existía oferta educativa pública,
esta cuestión se ha ido superando con el tiempo, a lo que unido al descenso de
la natalidad nos encontramos con la situación que nos encontramos a día de hoy
con lo que ya, en principio, no tendría sentido seguir con el concierto de
determinadas unidades o centros educativos. A esta cuestión hay que añadir otra
desde mi punto de vista igualmente importante si no mayor: la propia idiosincrasia
de los centros que solicitan seguir siendo concertados por encima de la
decisión de la Junta de Andalucía, anunciando incluso movilizaciones de
protestas, ya que en su mayoría se trata de centros religiosos y de los que
algunos de ellos segregan al alumnado por razón de sexos. En mi opinión un gobierno
de corte liberal no puede permitir con su política el hecho de que con dinero
público se mantengan ninguna de estas dos cuestiones, especialmente la relativa
a la segregación, lo que considero una discriminación y desigualdad por sexos, ya
que no permite a una niña o a un niño que ha nacido en un determinado barrio
acudir y escolarizarse en el centro educativo que por los motivos que sean
(cercanía, calidad de la enseñanza, instalaciones …) interesa a sus
progenitores o a ellos mismos, esta situación se acusa aún más si cabe en el
caso de la Formación Profesional, muy especializada y a veces con escasas
plazas dependiendo de la especialidad, lo que impediría a una persona por
motivo de su sexo elegir un determinado recorrido profesional. Además, a esta
cuestión añado dos matices más desde mi punto de vista negativos: se trata de
una solución que va contra natura de nuestra sociedad y forma de vida, que
llega a discriminar incluso a hermanos y hermanas, al imposibilitarles acudir
juntos al mismo colegio (piénsese en el caso particular de que sean gemelo y
gemela), y además hay que tener en cuenta que discrimina laboralmente, al no
permitir el acceso profesional a personal en general o profesorado en
particular a un determinado sexo según se trate.
Es por todo
ello, que considero que en este caso la
gobernanza de la Junta de Andalucía y de la Consejería de Educación tiene ir
encaminada por lo que parece que está siendo su intención: primar la enseñanza
pública por encima de la privada evitando la creación de graves
distorsiones sociales, realizándola como tiene previsto por unidades y de forma
progresiva, e igualmente debe evitar “discriminar” a la enseñanza pública si
llegara a tomar la decisión de disminuir la ratio sólo en los centros concertados
y teniendo, por otra parte, igualmente que racionalizar los recursos económicos,
siendo estos limitados.
Cuestión que
aplico en mi caso particular y profesional.
3.
Creación de valor público. Este concepto se complementa con la idea
desarrollada en el punto anterior relativo a la gobernanza, ya que como ya dije
tiene que primar la enseñanza pública
(el bien de todos, téngase en cuenta que hasta las instalaciones de los centros
son públicos) por encima de la privada
(entre otras cuestiones las propias instalaciones son privadas). Asimismo, sigo
argumentando el derecho de todos y todas de forma igualitaria al trabajo, esta
es además una cuestión obligatoria siempre, pero máxime cuando se trata de
puestos pagados con el dinero de todos (público) y dentro de unos gobiernos que
se han preocupado por tener consejerías y ministerios dedicados al tema de la
igualdad. Cuestión que aplico en mi caso personal y profesional.
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